{"id":4271,"date":"2008-09-26T08:40:57","date_gmt":"2008-09-26T12:40:57","guid":{"rendered":"http:\/\/piel-l.org\/blog\/?p=4271"},"modified":"2008-09-27T08:47:45","modified_gmt":"2008-09-27T12:47:45","slug":"los-derechos-humanos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/piel-l.org\/blog\/4271","title":{"rendered":"Los Derechos Humanos"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"http:\/\/piel-l.org\/blog\/wp-content\/uploads\/\/2008\/09\/declaracion_thumb.gif\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft size-medium wp-image-4272\" title=\"declaracion_thumb\" src=\"http:\/\/piel-l.org\/blog\/wp-content\/uploads\/\/2008\/09\/declaracion_thumb.gif\" alt=\"\" width=\"181\" height=\"181\" srcset=\"https:\/\/piel-l.org\/blog\/wp-content\/uploads\/2008\/09\/declaracion_thumb.gif 244w, https:\/\/piel-l.org\/blog\/wp-content\/uploads\/2008\/09\/declaracion_thumb-150x150.gif 150w\" sizes=\"auto, (max-width: 181px) 100vw, 181px\" \/><\/a>Los Derechos Humanos son beneficios que de acuerdo al derecho internacional, tiene la persona frente al Estado para impedir que \u00e9ste interfiera en el ejercicio de ciertos derechos fundamentales, o para obtener del Estado la satisfacci\u00f3n de ciertas necesidades b\u00e1sicas y que son inherentes a todo ser humano por el mero hecho de ser humano.\u00bb<br \/>\n \u00abLos Derechos Humanos son un conjunto de principios, de aceptaci\u00f3n universal, reconocidos constitucionalmente y garantizados jur\u00eddicamente, orientados a asegurar al ser humano su dignidad como persona, en su dimensi\u00f3n individual y social, material y espiritual.\u00bb<\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>Todas las personas nacemos con derechos que nos pertenecen por nuestra condici\u00f3n de seres humanos. Su origen no es el Estado o las leyes, decretos o t\u00edtulos, sino la propia naturaleza o dignidad de la persona humana. Por eso cuando una ley viola los derechos humanos se la considera nula porque va contra la misma naturaleza humana.<\/p>\n<p>Todas las personas: mujeres, hombres, ni\u00f1os y ni\u00f1as tenemos derechos. Por eso no importa la raza, el sexo, la cultura o la religi\u00f3n que tengamos; tampoco importa la nacionalidad o el lugar en que se viva. Cada persona tiene la misma dignidad y nadie puede estar excluido o discriminado del disfrute de sus derechos. Es as\u00ed que tienen los mismos derechos tanto un ni\u00f1o como una ni\u00f1a, un ind\u00edgena como un campesino, una mujer como un hombre, un \u00e1rabe como un chino, un colombiano como un venezolano, un musulm\u00e1n como un cristiano, un negro como un blanco, un pobre como un rico, un delincuente o corrupto como una persona honesta.<\/p>\n<p>La persona humana no puede, sin afectar su dignidad, renunciar a sus derechos o negociarlos. Tampoco el Estado puede disponer de los derechos de los ciudadanos. Se entiende que en situaciones extremas algunos derechos pueden ser limitados o suspendidos, pero nunca alienados (eliminados, extinguidos).<\/p>\n<p>Ejemplificaremos esto con dos situaciones t\u00edpicas que se dan en Venezuela. Por un lado, el que por determinadas circunstancias se suspendan las garant\u00edas constitucionales no implica que desaparezcan o est\u00e9n extinguidos los derechos, sino que por un lapso de tiempo limitado y dentro de las razones que originaron la suspensi\u00f3n, las formas de protecci\u00f3n est\u00e1n sujetas a restricciones; sin embargo, el derecho a la vida, a no ser torturado, ni incomunicado, siguen vigentes.<\/p>\n<p>Por otro lado, el derecho a la participaci\u00f3n pol\u00edtica que contempla la elecci\u00f3n de nuestros gobernantes, el control de sus acciones, la participaci\u00f3n en la toma de decisiones, entre otras cosas, no implica que negociemos nuestro derecho con el pol\u00edtico o partido pol\u00edtico de nuestra elecci\u00f3n. Cuando votamos no transferimos a los elegidos nuestro leg\u00edtimo derecho a participar pol\u00edticamente en la vida del pa\u00eds. En realidad lo que hacemos es delegar en representantes la responsabilidad de llevar adelante nuestro mandato, ideas o propuestas, lo que es muy diferente a otorgarles o transferirles nuestro derecho a participar libre y abiertamente.<\/p>\n<p>En conclusi\u00f3n las caracter\u00edsticas m\u00e1s sobresalientes:<\/p>\n<p>\u00b7         Son Inherentes o Innatos al ser humano, todos los seres los poseen pues se generan a partir de la misma naturaleza humana.<\/p>\n<ul>\n<li> Son Universales, se extienden a todo el g\u00e9nero humano, cualquiera sea su condici\u00f3n hist\u00f3rica, geogr\u00e1fica, etnia, sexo, edad o situaci\u00f3n en la sociedad.<\/li>\n<li> Son Inalienables, no se pueden quitar ni enajenar pues son parte consustancial de la propia naturaleza humana.<\/li>\n<li> Son Inviolables, no se pueden o no se deben transgredir o quebrantar y en caso de ser as\u00ed, el ciudadano v\u00edctima puede exigir una reparaci\u00f3n o compensaci\u00f3n por el da\u00f1o causado a trav\u00e9s de los tribunales de Justicia.<\/li>\n<li> Son Imprescriptibles, es decir no caducan ni se pierden por el transcurso del tiempo.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Todas las personas debemos conocer y defender nuestros Derechos Humanos y debemos estar atentos ante cualquier violaci\u00f3n para la denuncia correspondiente a los organismos competentes<\/p>\n<p>Los Derechos Humanos se clasifican cl\u00e1sicamente en tres generaciones: a) Primera  generaci\u00f3n o derechos civiles y pol\u00edticos, surgen con la Revoluci\u00f3n francesa, como rebeli\u00f3n contra el monarca; impones al estado el deber de respetar siempre los derechos fundamentales del ser humano:<\/p>\n<ul>\n<li> A la vida.<\/li>\n<li> A la integridad f\u00edsica y moral.<\/li>\n<li> A la libertad personal .<\/li>\n<li> A la seguridad personal<\/li>\n<li> A la igualdad ante la ley .<\/li>\n<li> A la libertad de pensamiento, de conciencia y de religi\u00f3n .<\/li>\n<li> A la libertad de expresi\u00f3n y de opini\u00f3n .<\/li>\n<li> De resistencia y de inviolabilidad del domicilio .<\/li>\n<li> A la libertad de movimiento o de libre tr\u00e1nsito .<\/li>\n<li> A la justicia .<\/li>\n<li> A una nacionalidad .<\/li>\n<li> A contraer matrimonio y fundar una familia .<\/li>\n<li> A participar en la direcci\u00f3n de asuntos pol\u00edticos .<\/li>\n<li> A elegir y ser elegido a cargos p\u00fablicos.<\/li>\n<li> A formar un partido o afiliarse a alguno .<\/li>\n<li> A participar en elecciones democr\u00e1ticas.<\/li>\n<\/ul>\n<p>b) La segunda generaci\u00f3n o derechos econ\u00f3micos, sociales y culturales<\/p>\n<p>La constituyen los derechos de tipo colectivo, los sociales, econ\u00f3micos y culturales. Surgen como resultado de la revoluci\u00f3n industrial, por la desigualdad econ\u00f3mica. M\u00e9xico fue el primer pa\u00eds en incluirlas en su Constituci\u00f3n, en 1917.<\/p>\n<p>Los derechos econ\u00f3micos, sociales y culturales surgen despu\u00e9s de la segunda guerra mundial. Est\u00e1n integrados de la siguiente manera:<\/p>\n<p>Derechos econ\u00f3micos<\/p>\n<p>* A la propiedad (individual y colectiva)<br \/>\n * A la seguridad econ\u00f3mica<\/p>\n<p>Derechos sociales<\/p>\n<ul>\n<li> A la alimentaci\u00f3n<\/li>\n<li> Al trabajo (a un salario justo y equitativo, al descanso, a sindicalizarse, a la huelga)<\/li>\n<li> A la seguridad social<\/li>\n<li> A la salud<\/li>\n<li> A la vivienda<\/li>\n<li> A la educaci\u00f3n<\/li>\n<\/ul>\n<p>Derechos culturales<\/p>\n<ul>\n<li> A participar en la vida cultural del pa\u00eds <\/li>\n<li>A gozar de los beneficios de la ciencia <\/li>\n<li>A la investigaci\u00f3n cient\u00edfica, literaria y art\u00edstica<\/li>\n<\/ul>\n<p>c) La tercera generaci\u00f3n, o derecho de los pueblos  o de solidaridad.<\/p>\n<p>Surgen en nuestro tiempo como respuesta a la necesidad de cooperaci\u00f3n entre las naciones, as\u00ed como de los distintos grupos que la integran. Se forma por los llamados derechos de los pueblos:<\/p>\n<ul>\n<li> A la paz <\/li>\n<li>Al desarrollo econ\u00f3mico <\/li>\n<li>A la autodeterminaci\u00f3n <\/li>\n<li>A un ambiente sano <\/li>\n<li>A beneficiarse del patrimonio com\u00fan de la humanidad <\/li>\n<li>A la solidaridad<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Los Editores<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los Derechos Humanos son beneficios que de acuerdo al derecho internacional, tiene la persona frente al Estado para impedir que \u00e9ste interfiera en el ejercicio de ciertos derechos fundamentales, o para obtener del Estado la satisfacci\u00f3n de ciertas necesidades b\u00e1sicas y que son inherentes a todo ser humano por el mero hecho de ser humano.\u00bb &hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":16,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[15],"tags":[],"class_list":["post-4271","post","type-post","status-publish","format-standard","","category-editorial"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/piel-l.org\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4271","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/piel-l.org\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/piel-l.org\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/piel-l.org\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/16"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/piel-l.org\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4271"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/piel-l.org\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4271\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/piel-l.org\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4271"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/piel-l.org\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=4271"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/piel-l.org\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=4271"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}