Responsabilidad penal del médico. Más «Consentimiento informado» Indispensable aplicarlo,sobre todos los cirujanos

Estimados colegas y amigos,saludos. Aprovechando este artículo que salió el día miercoles 26 de diciembre de 2012, más otros artículos sobre el mismo tema que se han publicado en el mismo diario, me es propicio hacer una reflexión y al mismo tiempo enviarle la información del concepto de » «Consentimiento informado», el cual amerita un estudio minucioso y su aplicación lo más pronto posible, para estar preparados ante cualquier eventualidad, ya que se evidencia la mala voluntad contra el gremio médico.

 

A.-La reflexión

Nosotros, los médicos graduados en Universidades reconocidas quienes realizamos diferentes estudios de postgrado, tales como Internados Rotatorio, Postgrado Médicos o Quirurgicos, incluso la necesidad de realizar postgrado básicos de medicina o cirugia previo a postgrado de especialidades correspondientes a esas áreas, además de cursos de especializacion específicas ( subespecializaciones) en las disciplinas correspondiente a las especialidades, sí contamos estos, nos daremos cuenta que son de cinco a ocho años de estudios en hospitales a tiempo completo; salvo que los cursos de subespecializacion lo hayamos realizados ya ejerciendo en medicina privada, y aún así, muchos de ellos también son a tiempo completo, más aún si lo hacemos fuera del país. ¿Qué quiere decir esto en relación a la «Responsabilidad penal o civil de los médicos» Que mientras más estés preparado más vas a tener la oportunidad de enfrentarte a casos médicos de mayor riesgos, muchos de ellos con la posibilidad de complicaciones previsibles, pero no así, inevitables,sobre todo, en casos en que haya que actuar de una manera radical, según la preparación del médico para ese acto y según las complicaciones inevitables o hallazgo no previstos, ni siquiera con los adelantos más sofisticados de la medicina, como por ejemplo para citar un sólo caso:

La operación (resección) de un nódulo pulmonar, al que al paciente se ha estudiado completamente aplicando el protocolo completo internacional, y resulta ser que nos encontramos con un estadio avanzado que amerita un procedimiento radical el cual razonamos que es posible realizar técnicamente, que el paciente lo puede soportar ( eso se concluye, en parte, en el propio quirofano), y que estamos preparados para eso, con el fin de que el tratamiento quirúrgico garantice la curación, además de otras terapias en estos casos. ¿qué pasaría si hay una complicación inevitable y prevista, que podía llegar al fallecimiento del paciente? No sé ha informado por escrito aplicando el «Consentimiento informado» o incluso habiendolo hecho; aqui no hay impericia,negligencia ni imprudencia. ¿Esto lo entienden los pacientes, los familiares y más grave aún: los abogados demandantes…?Creo que la reflexión para los médicos está más que clara.

Para terminar con la reflexión. ¿A quién le van a aplicar esta responsabilidad penal y civil? Por supuesto a nosotros, los verdaderos médicos. No, a los MIC(Médicos Integrales Comunitarios), los cuales de manera impune hacen diagnósticos e indican tratamientos inadecuados. Los salva, que un 80% de los pacientes se curan sólo (una gripe bien tratada dura una semana, y una sin tratamiento dura 7 días), pero esta gente a ese 80% generalmente los agrede con mala praxis indicandole tratamientos erroneos y la curación espontánea la aborta, así que ese porcentaje lo reduce bastante menos del 80%.

¿quién castiga a estos MIC? Nadie. ¿Porqué? muy simple:

1° Los pacientes que tratan no hacen la denuncia. Generalmente son de estrato sociales C,D y E.

2° Sabemos que hay hospitales «Santuarios» para estos pacientes que han recibidos una mala praxis…(¿!), eso es innegable,pero,la complicidad,la amenaza y otras cosas más… los convierten en impunes, y difícil de demostrar cuando los familiares no lo han acusado.

3° ¿qué juez lo va a sentenciar? ¿Que abogado lo va a asesorar?…

B.- «Consentimiento informado» Debe ser realizado en forma individual,para cada especialidad y para cada paciente en particular.

En Archivo Adjunto le envío un modelo genérico, y al final del artículo un link enviado por un colega que sirve de orientación.

Gerónimo Yerena Cabrera. MSAS 7129

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