El lindano es el nombre común del isómero gamma del hexaclorociclohexano, tiene un período de semidesintegración de 2,3 a 13 días en el aire, de 30 a 300 días en el agua, de 50 días en sedimentos y de dos años en el terreno.
Es estable a la luz, altas temperaturas y ácidos, si bien puede hidrolizarse a valores de Ph elevados. El lindano se degrada muy lentamente por acción microbiana y es más soluble en agua y más volátil que otros productos químicos orgánicos clorados, lo que explica su omnipresencia en todos los ámbitos del medio ambiente (agua/nieve, aire, tierra/sedimentos).
Si bien el lindano tiene el potencial de bioacumularse fácilmente en la cadena de alimentación por su elevada liposolubilidad, su biotransformación y eliminación son también relativamente rápidos. Sin embargo, el lindano puede estar presente en aves marinas, peces y mamíferos del Ártico y en otras regiones del planeta.
El lindano es un insecticida que se recomienda para el tratamiento de la escabiosis y la pediculosis en seres humanos, contra garrapatas y otros parásitos externos en ganado, y como protector de semillas en agricultura. Por sus efectos dañinos a la salud y al medio ambiente, en muchos países está prohibido el uso de lindano en la agricultura. Sin embargo, en muchos de estos los Ministerios de Salud Pública no han cancelado su registro y hasta ahora continúa siendo legal su venta para uso farmacéutico y todavía se prescribe en consultorios y hospitales.
En América Latina, el lindano está prohibido en Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Honduras, Nicaragua, Paraguay, República Dominicana y Uruguay. En todos los países de la Unión Europea fue prohibido según la directiva 91/414/CEE. Tampoco puede utilizarse en Corea de Sur, Eslovenia, Finlandia, Países Bajos, Gambia, Hungría, Indonesia, Kuwait, Nueva Zelanda, Santa Lucía, Sudáfrica, Suecia y Turquía. En Estados Unidos, en el año 2006 se prohibió su uso agrícola y en animales, y en el Estado de California, desde el año 2000 se prohibió su uso farmacológico. Hay iniciativas de ley en los Estados de Nueva York y Michigan para lograr la prohibición total. Otros 20 países han restringido severamente el uso de lindano. En Canadá está prohibido para uso veterinario y agrícola.
Efectos adversos:
1.- El lindano presenta una toxicidad aguda entre moderada y alta en los estudios de laboratorio realizados en ratas, con un LD50 comprendido entre 55 y 480 mg/kg de peso corporal por administración oral. Entre los efectos agudos se incluye la estimulación del SNC, convulsiones, fallo respiratorio, edema pulmonar y dermatitis.
2.-Existen diversos estudios con animales que indican una conexión entre la exposición crónica al lindano y la anemia aplástica, convulsiones, afecciones en el hígado y riñones, reducción de la capacidad de respuesta del sistema inmune para luchar contra las infecciones, así como lesiones en testículos y ovarios. El Organismo Internacional de Investigación sobre el Cáncer ha clasificado al lindano como carcinógeno en ratones.
3.- La vía más cotidiana por la que los humanos se ven expuestos al lindano sigue la ruta de la ingesta de alimentos. Existe una correlación directa entre la misma, especialmente de pescados, carnes, productos lácteos y mamíferos marinos, y las concentraciones de lindano en los tejidos adiposos y la leche materna de los seres humanos.
4.- Se ha informado que el lindano es sumamente tóxico para algunos peces y otras especies acuáticas.
El Comité de Examen de Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs), un organismo adjunto al Convenio de Estocolmo del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, reunidos durante una semana, en Ginebra, decidió aprobar la propuesta de México de incluir al Lindano en la lista negra de los 12 contaminantes orgánicos persistentes prohibidos por este convenio, por ser sustancias químicas venenosas de alto nivel tóxico para la salud humana y animal.
Venezuela se suscribió al Convenio de Estocolmo en el año 2001 y ratificó dicho instrumento en mayo de 2005. Luego de la decisión tomada el 8 de mayo de 2009 por el COPs (160 países avalaron la resolución), el Instituto Nacional de Higiene “Rafael Rangel” solicitó al Ministerio de Salud la cancelación y por lo tanto la suspensión de la comercialización de los preparados farmacéuticos que contengan lindano (Somergan®).
Aprovechemos este espacio para sugerir: ¿Como trataremos ahora en Venezuela la escabiosis y pediculosis en niños, adultos, ancianos y embarazadas?
APRECIADO DR,
Y AHORA COMO TRATAREMOS LA ESCABIOSIS ESPECIALMENTE EN NINOS MAYORES DE 5 ANOS.
PORQUE LA IVERMECTINA TOPICA NO LA VENDE EN TODAS LAS FARMACIAS. AQUI EN MERIDA SOLO HAY UNA FARMACIA QUE LA PREPARA. GRACIAS
Yo uso vaselina azufrada al 10% con excelentes resultados.
Dra. Salomé Salloum Saqlazar
Ciudad Bolívar. Estado Bolívar
Venezuela.
De acuerdo con la Dra. Salloum, en niños volveremos al uso del azufre precipitado en vaselina en concentraciones de 6 a 12% dependiendo de la edad del niño y cuidando el efecto irritativo. En adultos la ivermectina oral es la alternativa.
Saludos
Existe Nopucid excelente escabicida y pediculicida cuyo principio activo es un piritroide llamado decametrina elaborado de la flor del crisantemo, es un producto seguro y con muchos años en el mercado
Karina, lamento disentir en cuanto al Nopucid. He visto muchísimos casos de escabiosis que fueron tratados con este medicamento y no curaron. Igual ocurre con los piojos. Nada,»pa’tras como el cangrejo», hay que usar azufre.
Dr. José R. Sardi B.
Dermatólogo. Caracas.
La Decametrina (Nopucid) es el escabicida mas utilizado por los pediatras en Venezuela, al igual que el Dr. Sardi soy de la opinión que es un pésimo producto en el manejo de la escabiosis
He tenido varios casos de irritación importante por esta Decametrina (Nopucid), especialmente en niños y la escabiosis sigue allí sin curar y encima irritada. Particularmente no lo uso por ésto.
Lindano como producto escabicida es superior a la decametrina mencionada.
Amalia Panzarelli
ANMAT Prohíbe Comercialización y uso del LINDANO
La ANMAT informa que, a través de la Disposición N° 617/11, ha suspendido la comercialización y uso de las especialidades medicinales que contengan lindano como Ingrediente Farmacéutico Activo (IFA), en todas sus formas farmacéuticas, concentraciones y presentaciones.
El lindano se encuentra indicado para el tratamiento de la escabiosis (sarna), particularmente en pacientes inmunodeprimidos (HIV), siendo también medicamento de segunda opción en el tratamiento de la pediculosis.
La medida adoptada se motiva en que, debido a su naturaleza lipofílica, el lindano se acumula en el tejido graso de todos los seres vivos, pudiendo llegar a producir efectos tóxicos graves.
Por tal motivo es que, en 1995, esta Administración ya había dispuesto la venta bajo receta de dicho principio activo (Disposición Nº 1612/95). Además, ya desde 1996, por medio de la Disposición Nº 5104/96, los laboratorios titulares de certificados de medicamentos que contenían lindano se encontraban obligados a incluir en sus rótulos y prospectos, y en todo otro material informativo, los contenidos que figuraban en el Anexo I de dicha norma, que definía con precisión el modo de uso y el tiempo de aplicación del producto.
Por todo lo expuesto, se recomienda a los consumidores que se abstengan de adquirir y utilizar cualquier medicamento que contenga el principio activo en cuestión